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Nicoya

CANTÓN 02 DE GUANACASTE

Posición Geográfica

Las coordenadas geográficas medias del Cantón de Nicoya están dadas por 10º 06' 14" latitud norte y 85°26'13" longitud oeste.

La anchura máxima es de sesenta kilómetros, en dirección noreste a suroeste, desde unos cuatro kilómetros al este del poblado Puerto Humo, en la margen sur del Río Tempisque hasta Punta Guiones, en el Océano Pacífico.

breve reseña histórica

En la época precolombina el territorio que actualmente corresponde al cantón de Nicoya, fue parte de una de las provincias de los indígenas denominados chorotegas, ubicada en la Península de Nicoya, cuyos dominios llegaban hasta el Lago Nicaragua, constituida por varios pueblos o señoríos.  Uno de ellos, al inicio de la Conquista fue del cacique Nicoya.

Nicoya en el transcurso de su historia como asentamiento humano, ha tenido dos ubicaciones.  La primera en el lugar que en el presente se conoce como Pueblo Viejo, en el distrito Mansión, que se denominó Nicoya Vieja, el cual constituyó el mayor poblado indígena de la región antes de la llegada de los españoles.  La otra, donde se localiza la actual ciudad cabecera del cantón, que se llamó Nicoya Nueva.

La región fue descubierta por don Gil González Dávila en 1523, cuando fue recibido por el cacique Nicoya con gran amabilidad, quien le entregó un rico aporte en oro, en estatuas y otros objetos.  En enero de 1561 don Juan de Cavallón, procedente de Granada pasó por la zona en su expedición que llegó al Valle Central  En setiembre de 1562 arribó a Nicoya don Juan Vázquez de Coronado, de donde envió por tierra el ganado vacuno y los caballos que traía desde León.  En 1568 pasó por la región don Perafán de Ribera en su viaje a Cartago.  En 1599 se estableció, en el Golfo de San Lucas (hoy Nicoya), el Puerto de la Despensa, probablemente el embarcadero Pochote, situado en el estero del Rey, hoy conocido como estero Letras.

Hacia el año de 1544 se erigió la Parroquia de Nicoya la más antigua establecida por los españoles en nuestro territorio nacional, dedicada a San Blas; la primera ermita fue construida posiblemente de paja.  La iglesia fue destruida por un incendio en 1634, lo cual significó una gran pérdida, ya que con la edificación se fue también el archivo donde se guardaban valiosos documentos.  En 1644 se edificó una iglesia de calicanto, techada con teja.  El templo parroquial levantado en la primera mitad del siglo XIX, fue declarado reliquia nacional, mediante ley No 141 de 28 de julio de 1923.  La iglesia actualmente es sufragánea de la Diócesis de Tilarán, de la Provincia Eclesiástica de Costa Rica.

En visita efectuada por el Obispo de Nicaragua y Costa Rica, Monseñor don Agustín Morel de Santa Cruz, en el año de 1751, nombró en la población de Nicoya maestro de escuela, a quien entregó cartillas para que fuesen repartidas entre los niños que acudiesen a lecciones.  Por resolución del gobierno del Estado de 21 de agosto de 1846 se ordenó crear una escuela de primeras letras.  La escuela actual fue construida en 1957, en la primera administración de don José Figueres Ferrer, la cual tiene el nombre de Escuela Leonidas Briceño.  El Liceo de Nicoya inició sus actividades docentes en 1952, en el gobierno de don Otilio Ulate Blanco.

E1 25 de julio de 1824, la Municipalidad de Nicoya, pueblo del Partido del mismo nombre, en cabildo abierto decidió anexarse al Estado de Costa Rica; ayuntamiento que estuvo integrado por el Jefe Político don Manuel Briceño, quien lo presidió y por los regidores señores Toribio Viales, Ubaldo Martínez y Manuel García.

En ley No 105 de 27 de marzo de 1835, Nicoya constituyó un pueblo del Departamento de Guanacaste, uno de los tres en que se dividió, en esa oportunidad, el territorio del Estado.  En la administración de don Manuel Aguilar Chacón, el 11 de diciembre de 1837, en ley No 38, se le otorgó el titulo de Villa al pueblo de Nicoya.  En 1848, mediante ley No 36 de 7 de diciembre, se constituyó como cantón segundo de la Provincia Guanacaste.  El 24 de julio de 1918, en el gobierno de don Federico Tinoco Granados, se decretó la ley No 28 que le confirió a la villa la categoría de Ciudad.

El alumbrado público eléctrico se inauguró en 1952, en la administración de don Otilio Ulate Blanco.

El origen del nombre del cantón, según don Manuel María de Peralta, en su ensayo sobre Los Aborígenes de Costa Rica, Nicoya es una palabra indígena del nahualt, Necocyanh; de necoc: de ambos lados, de una y otra parte; yauh: su agua, de i, adjetivo posesivo de la tercera persona y de auh o atl, agua; es decir necociatl, Necoyauh, Nicoya; que significa país con agua en ambos lados

división territorial administrativa

Creación y procedencia

DIAGRAMA DE LOCALIZACION

La Constitución Política de 30 de noviembre de 1848, en el artículo 8º, estableció por primera vez las denominaciones de provincia, cantón y distrito parroquial.

De conformidad con la anterior disposición, en ley No 36 de 7 de diciembre del mismo año, en el artículo 9°, se creó Nicoya como cantón número dos de la Provincia Guanacaste, con dos distritos parroquiales.

En tal forma Nicoya procede de la citada provincia.

aspectos físicos

Geología

El cantón de Nicoya está constituido geológicamente por materiales de los períodos Cretácico, Terciario y Cuaternario; siendo las rocas volcánicas del Cretácico las que predominan en la región.

Del período Cretácico se encuentran rocas de origen volcánico, sedimentario e intrusivo.  Las volcánicas están agrupadas bajo el nombre del Complejo de Nicoya, el cual está compuesto de grauwacas macizas, compactas, de color gris oscuro, ftanitas, lutitas ftaníticas, calizas silíceas afaníticas, lavas con almohadillas y aglomerados de basalto e intrusiones de gabros, diabasas y dioritas que cubren la mayor superficie del cantón, y está comprendida por los poblados Buenos Aires, al oeste de Matambuguito, Finca Las Palmas, las Filas Santa Teresa, Hormigosa y el Cerro Nancital; lo mismo que los Cerros Jesús, Carbones, Matagalpa, San Vicente y lomas Palos Negros; así como los cerros que se encuentran entre el poblado Pozo de Agua y finca Las Brisas.  Las rocas sedimentarias están representadas por materiales Indiferenciados y por la Formación Sabana Grande; las primeras se ubican en el sector aledaño a la carretera Nacional No 21, entre el barrio Casitas y el poblado Nambí, lo mismo que en el sector aledaño a las villas Mansión, Quebrada Honda, el barrio Matina, los poblados Guastomatal, Moracia, Pozos, Flor, Tres Esquinas, Loma Bonita, San Lázaro, al sur de Talolinga, la finca Florida, los cerros Guacamayo, y ladera sur y oeste del de Rosario, así como entre los poblados Piaves y Vigía, desde los sitios Llorona y Bijagual, también en los cerros al sur del cantón, en una franja de aproximadamente cinco kilómetros próximo al litoral; la formación Sabana Grande está compuesta por calizas silíceas, ftanitas con radiolaritas, también lutitas silíceas, que se ubica al sureste del poblado del mismo nombre.  Las rocas intrusivas están representadas por el Intrusivo en el Complejo de Nicoya, constituido por gabros, diabasas y dioritas, el cual se localiza en los cerros La Cruz y La Palma; así como pequeños sectores al sur del Cerro Jesús.

De los materiales del período Terciario, se localizan rocas de origen sedimentario, las cuales son de las épocas Eoceno Paleoceno y Oligoceno; que a la primera pertenecen las formaciones Barra Honda, Brito y Las Palmas; La Formación Barra Honda, está compuesta por calizas pobremente estratificada, arrecifales de textura homogénea color blanca, la cual se localiza en los cerros de igual nombre; así como en los de Quebrada Honda, Copal, Caballito, Corralillos, Corral de Piedra, Sonzapote, La Cueva, Rosario, Alto, Arena, Panamá, Carazo y las lomas Las Pozas; lo mismo que en una franja entre finca Las Mercedes y el cerro Piedra Amarilla; la Formación Brito está constituida por areniscas calcáreas, margas, areniscas con intercalaciones tobáceas y arcillosas, lutitas, tobas y brechas de material volcánico, intercaladas con estratos lutáceos, lutitas pardas con restos de plantas, tobas y brechas fosilíferas, calizas con orbitoides, que se sitúa en los cerros Coyolar; la Formación Las Palmas, está compuesta por capas delgadas de limotita, lutitas, color gris oscuro y pardo, duras, bien estratificadas y masas lenticulares de caliza arrecifal con capas intercaladas areniscas y calcarenitas, la cual se sitúa en las cercanías del poblado San Juan.  Las rocas de la época Oligoceno corresponden a la Formación Masachapa, que está constituida por areniscas de grano medio y fino, algunas calcáreas, limotitas grises, lutitas calcáreas, calizas lutíticas, y areniscas, algunas fosilíferas, la cual se sitúa en las márgenes del curso inferior del Río Nosara.

De los materiales del período Cuaternario, se localizan rocas de origen sedimentario de la Época Holoceno, tales como Pantanos situados en las cercanías de las Lagunas Mata Redonda y Corral de Piedra; y Depósitos Fluviales, Coluviales y Costeros Recientes, localizados en los márgenes de los ríos Viejo y San Lázaro; lo mismo que entre el sector al este del poblado San Lázaro y las márgenes del curso inferior del río Garzón; así como el sector aledaño a los poblados Talolinga, al noreste y oeste de Pozo de Agua, al norte y este de San Vicente, al norte del lago Mata Redonda; también en la zona comprendida por villa Puerto Viejo, los poblados Vigía, Coyapa, Acoya, finca Las Vegas, curso inferior del río Morote, así como en pequeños sectores en el litoral Pacifico.

Geomorfología

El cantón de Nicoya presenta dos unidades geomórficas, denominadas forma de Denudación y de Sedimentación Aluvial.

La unidad de Denudación, se clasifica según su origen en Rocas Igneas y en Rocas Sedimentarias Marinas.  Las formas originadas en Rocas Igneas están representadas por las Serranías y Valles Profundos del Complejo de Nicoya, y los Cerros Testigos del Complejo de Nicoya.  Las Serranías y Valles Profundos del Complejo de Nicoya, se localizan en la zona comprendida por villa Sámara, los poblados Buenavista, Delicias de Garza, Virginia de Gamalotal, Bajo Cantarrana al sur de Caimitalito y Nambí; lo mismo en fila Hormigosa y cerro Mona; también en el sector comprendido por los poblados Quirimán, Sabana Grande y el Cerro La Cruz; así como desde los Cerros San Vicente hasta los Cerros de Jesús; además en el sector aledaño a los poblados Matambuguito y Camarones, y el Cerro Avellanas; esta subunidad presenta un relieve constituido por laderas de pendientes muy fuerte entre 20° y 30º, con divisorias de aguas muy angostas los fondos de los valles son angostos, del ancho de las quebradas; las rocas corresponden al Complejo de Nicoya, principalmente basaltos, asociados a pedernales y radiolaritas; el origen se debe a la erosión que ha actuado principalmente sobre rocas del citado complejo, dejando a estas serranías en un estado de denudación extrema.  Los cerros Testigos del Complejo de Nicoya, están representados en las Lomas Palos Negros, los Cerros La Cueva y Guacamayo; también los cerros que se encuentran al noroeste del poblado Rosario y al sur del de Talolinga. La forma originada por Rocas Sedimentarias Marinas se manifiestan en los cerros Testigos Arrecifales, ubicados en los cerros Barra Honda, Quebrada Honda, Corralillos, Caballito, Rosario, Corral de Piedra, Copal, Coyolar y Carazo; la mayor parte de ellos muestran una forma arqueada, otros el aspecto de anticlinales y sinclinales; sus laderas exteriores son muy empinadas con ángulos mayores de 35° y verticales al llegar a la cima; las laderas de la parte interna tienen menos inclinación, siendo su parte superior de carácter arrecifal; es entendible su forma arqueada, la que puede ser causada por el crecimiento de un arrecife en forma de atolón; algunos como el de Corralillos alcanzan 475 metros sobre el llano; debido a la filtración interna del agua, casi no existen corrientes superficiales, que en los cerros de Barra Honda da origen a las cavernas; la sección basal de estos cerros está compuesta de areniscas y lutitas de la Formación Rivas; la cima de los cerros y en algunos casos como en los cerros Rosario y Corral de Piedra, la parte interna está cubierta de caliza, de tipo arrecifal que pertenece a la Formación Barra Honda; el origen de estos cerros se debe al crecimiento en su cima de un arrecife: la caliza protegió de la erosión a las rocas inferiores; es muy probable que la forma arqueada sea originaria del arrecife; las calizas deben haber permanecido emergidas desde su formación puesto que sobre ellos no se han depositado otras rocas más jóvenes.

La unidad de Sedimentación Aluvial, se divide en seis subunidades, llamadas Conos Coluvio Aluviales, Llanura Aluvial del Río Tempisque, Planicie Aluvial con influencia Marina Cerca de la Costa, Pantano Permanente o Temporal, Marismas, y Conos Coluvio Aluviales con Influencia Marina.  La subunidad Conos Coluvio Aluviales se encuentra aledaña a la carretera Nacional No. 21 desde el poblado Nambí hasta el de Guastomatal, lo mismo que en el sector de la carretera que va desde el poblado Curime, hasta el de Gamalotal;  así como en el área que bordea las lomas Palos Negros, los Cerros Caballito, Quebrada Honda, Barra Honda, Corralillos, Jesús y San Vicente; también en el sector norte del poblado Quirimán; esta subunidad presenta pequeñas áreas de depósitos de laderas que en la época de lluvia, se esparcen por el terreno vecino; en algunos sitios presentan un cambio notable en la pendiente la cual es mayor al pie de la ladera; esta subunidad se compone de aluviones, pero el origen de los materiales varía de sedimentario a basáltico y silíceo; su forma se debe al desprendimiento de fracciones por efecto de la gravedad, en casos especiales, durante los días de lluvia, la caída de fragmentos se facilita por el agua superficial de tipo laminar; de esta forma se van acumulando al pie de la ladera, la cual, en casos especiales, puede crecer independientemente y adquirir el aspecto de un segmento de cono con el vértice hacia arriba de la ladera, su espesor es muy variable; en algunos cortes de carretera pueden observarse espesores de más de ocho metros.  La subunidad Llanura Aluvial del Río Tempisque, se ubica entre los poblados Talolinga y Corralillo, así como en el sector aledaño a los poblados Rosario, Puerto Humo, Pozo de Agua, Caña, Pozos, Florida, y sector este y sureste de villa San Antonio; la cual presenta su máxima elevación de 50 msnm, con la presencia de meandros abandonados en las orillas del Río Tempisque, cono de talud al pie de las lomas, canales abandonados y matecones a orillas del citado río; esta subunidad se compone de sedimentos aluviales del Río Tempisque, por fracciones de rocas volcánicas de composición riolítica a andesítica; la textura del material es fina, con fracciones arenosas a limo arcillosas; en las vecindades de algunos cerros de rocas sedimentarias como Barra Honda, Caballito, Rosario y Corral de Piedras, el material formador del suelo son areniscas, lutitas, y fracciones de caliza; el relleno efectuado por el Río Tempisque, en su mayor extensión es de origen volcánico, con localidades aisladas donde dominan las fracciones sedimentarias, es probable que su altura y extensión lateral, han ido aumentando con el tiempo.  La subunidad Planicie Aluvial, con Influencia Marina Cerca de la Costa, se localiza entre el sector noroeste del poblado San Juan y el curso inferior del Río Morote, también en el poblado Copal y el área del curso medio de Quebrada Honda; ésta constituye una subunidad que se encuentra cercana a la costa, se caracteriza por presentar terrenos planos, de escasa pendiente menor de 1°, en algunos casos perdiéndose dentro de los manglares; esta subunidad se compone de rocas básicas en la península de Nicoya; en general las fracciones son finas con lentes de grava; su origen se debe al aporte fluvial con algo de coluvio, además, ha sido influenciada en sus primeras etapas de desarrollo por la acción marina; tal vez, en ciertos lugares pueda mostrar evidencias de suelos muy arcillosos o arenosos con algo de contenido salino, algunos pueden estar influenciados por una transición de marisma a suelo seco.  La subunidad Pantano Permanente o Temporal, se encuentra en las proximidades de los lagos Corral de Piedra y Mata Redonda; lo mismo que en las zonas aledañas a la laguna Sonzapote; la cual constituye zonas de terreno plano, que suelen tener un microrrelieve de pequeñas ondulaciones; esta subunidad se compone de un relleno de fragmentos líticos muy finos con dominancia de arcilla y limo y pequeños lentes arenosos; su origen se debe a rellenos por aportes fiuviales.  La subunidad Marimas, se ubica en las cercanías de los esteros Letras y Chilamo.  La subunidad Conos Coluvio Aluviales con Influencia Marina, se sitúa en las márgenes del curso inferior de los Ríos Nosara, Buenavista y Garza, así como en el sector aledaño a los poblados Esperanza Sur y Barco Quebrado.

Altitudes

Las elevaciones, en metros sobre el nivel medio del mar, del centro urbano de los distritos del cantón son las siguientes:

Ciudad Nicoya 123, Villa Mansión 87, Villa San Antonio 68, Villa Quebrada Honda 23 y Villa Sámara 3.

Hidrografía

El sistema fluvial del cantón Nicoya, corresponde a la vertiente del Pacífico, el cual pertenece a la cuenca de los ríos de la Península de Nicoya y del río Tempisque.

La primera es drenada por los Ríos Nosara, Montaña, Rempujo, Garza, Buenavista y Mala Noche; al primero se le unen los Ríos Pilas Blancas, Quirimán con sus afluentes Gamalotal, Lajas Sandol; todos los anteriores ríos, excepto el Río Montaña, nacen en el cantón, cuyas aguas van de noreste a suroeste hasta desembocar en el Océano Pacifico.  Otros ríos son Pueblo Nuevo, Nacaome y Morote, este último se origina de la confluencia de los ríos Grande y Momollejo, al Río Grande se le unen los Ríos Carreta, Perico, Chipanzo Potrero, Pedernal, Vueltas; también se juntan al Río Morote los Ríos Cacao Mico, Camarón, Iguanita y Blanco; estos cursos de agua, excepto los cuatro últimos, nacen en el cantón, los cuales van en todas direcciones hasta desembocar en el Golfo de Nicoya.  Los Ríos Montaña, Momollejo, Blanco y Morote son límites cantonales; el primero con Santa Cruz; el segundo con Hojancha, y los otros con Nandayure.

La cuenca del Río Tempisque es irrigada por los Ríos Charco San Lázaro, Garzón y la Quebrada Honda; los cuales son afluentes del Río Tempisque.  Estos cursos de agua nacen en el cantón y presentan un rumbo de suroeste a noreste y de noroeste a sureste.  Los Ríos Charco y Tempisque son límites cantonales; el primero con Santa Cruz y el otro con Bagaces.  También se encuentran en el área los lagos Mata Redonda, Corral de Piedra y Sonzapote.

REFERENCIA A MAPA BASICO DE COSTA RICA.

Hojas del mapa básico, 1:50 000 (IGN): Abangares, Belén, Berrugate, Cerro Azul, Cerro Brujo, Diriá, Garza, Matambú, Talolinga, Tempisque.

CANTON DE  NICOYA

GENERALIDADES

DISTRITOS: 5

                                    NICOYA

                                    SAN ANTONIO

                                    QUEBRADA HONDA

                                    MANSION

                                    SAMARA

ACTIVIDAD ECONOMICA:  AGRICULTURA Y GANADERIA

POBLACION:                       42.189

                                    HOMBRES      21.114

                                    MUJERES        21.075

POBLACION EXTRANJERA: 708

ANEXION PARTIDO DE NICOYA

Los guanacastecos se anexaron a Costa Rica por su propia voluntad. Así lo patentizaron el 25 de julio de 1825 en el propio escudo de la hoy provincia nacional.

LA ANEXIÓN A COSTA RICA.

En junio de 1823 se reunió una Asamblea Nacional Constituyente en Guatemala, que declaró que Guatemala, El Salvador, Honduras, Nicaragua y Costa Rica eran independientes de cualquiera otra nación y formaban una república federal con el nombre de Provincias Unidas del Centro de América. Al emitirse este decreto, Costa Rica no estaba representada en la Asamblea Constituyente, pero aceptó el hecho consumado.

En 1824 la misma asamblea decretó la carta fundamental de la Federación Centroamericana, en la cual se consignaron todas las garantías individuales, la libertad absoluta del pensamiento, de la palabra, de la escritura y de la imprenta; la abolición de fueros, privilegios, títulos de nobleza y de la esclavitud. El gobierno debía de ser popular, representativo y federal. A raíz de la independencia, en tanto que Costa Rica daba pruebas de cordura, de respeto a la ley y amor a la paz, los demás estados de la Federación eran presa de la anarquía y de la guerra civil, pues los autores de la Constitución Federal tomaron como modelo la de los Estados Unidos de Norteamérica, sin considerar ni la diversidad de índole, ni la falta de cultura y de educación política de los pueblos centroamericanos.

Nicaragua no sólo fue teatro de luchas entre caudillos ambiciosos, sino que también lo fue del localismo entre dos de sus ciudades: León y Granada.

Los hacendados de Nicoya y Santa Cruz y en general los hombres de orden, meditaron acerca de los hechos que en la vecindad se sucedían, pensaron seriamente sobre el porvenir del Departamento, tuvieron reuniones privadas, cambiaron ideas, y concluyeron por tomar una resolución definitiva. Producto de aquella resolución fue el pronunciamiento que el 25 de julio de 1824 hicieron espontáneamente los vecinos principales de Nicoya para agregarse al estado de Costa Rica. El contacto y comercio continuos de aquel departamento con Costa Rica, habían hecho germinar en todos aquellos pueblos, fuertes sentimientos de cariño hacia ese país. Cariño que se avivó más, si cabía, al constituirse en Estado.

Entre tanto, sabedores en Nicaragua de esos hechos, la Junta Gubernativa de Managua, en octubre de 1824, y por medio de su subalterno don Juan José Villar, excitó a los pueblos:

"a que pensaran menudamente sobre las ventajas y utilidad que les producían de la unión y amistad con Nicaragua, como también a los perjuicios que emanarían de dicha división".

Los invitaba además a que deliberaran con franqueza, en acto solemne, si querían seguir o no seguir en el seno de la familia nicaragüense, ya que hasta la fecha habían estado sujetos a las autoridades legales y superiores de aquel Estado. A su vez, la Junta de Managua pedía dinero para la lucha que Granada y León sostenían con los otros pueblos, y para extirpar la anarquía.

Las autoridades de Nicoya transmitieron esa nota al Jefe de Estado de Costa Rica, y son de notar el calor conque la combaten y las ardorosas manifestaciones de su adhesión a este pueblo. De tan trascendental hecho se dio cuenta al Gobierno de Costa Rica, y se envió copia documentada a las Supremas autoridades de la Federación, residentes en Guatemala, a fin de que le dieran la aprobación respectiva. Mientras, el Congreso Constituyente de Costa Rica en nota del 29 de enero de 1825, resolviendo una consulta que le hiciera el Jefe del Estado, dispuso:

"que los pueblos de Nicoya y Santa Cruz se consideraban interinamente agregados al Estado, hasta la resolución definitiva de los Altos Poderes; y por tanto, debían protegerse con circunscripción, tino y prudencia, como se protegería otro cualquier punto que formase parte integrante del Estado Costarricense".

Por exceso de prudencia, por timidez. O para evitar entre pueblos de un mismo origen enojosas controversias, Costa Rica, al darse su primera Constitución en enero de 1825, no incluyó como parte de su territorio a lo que hoy forma casi la totalidad de la provincia de Guanacaste y puso como línea fronteriza por ese lado el curso del río Salto.

Mas, como corriesen año y cinco meses sin que nada se dignase resolver el Gobierno Federal, el 29 de diciembre de 1825, vecinos importantes encabezados por la municipalidad de Nicoya, se presentaron ante el Jefe Político y Alcalde Constitucional don Cupertino Briceño, otorgando poder al ciudadano Pedro Alvarado, residente en la capital de Guatemala, para que él en persona y en representación del Partido, "hiciera las gestiones necesarias y diera cuantos pasos fueran conducentes a efecto de conseguir la confirmación de su pronunciamiento por el Estado de Costa Rica". Interpretando el general sentimiento de los pueblos pronunciados, y merced a las gestiones eficaces de don Pedro Alvarado, el Congreso Federal sancionó el 9 de diciembre de 1825, el paso dado por aquellos y los declaró segregados de Nicaragua y como parte del territorio de Costa Rica.

Entonces, los habitantes de Nicoya acordaron en cabildo abierto elevar una carta encabezada por su jefe, Cupertino Briceño, pidiendo la anexión a la provincia de Costa Rica. En ese tiempo Costa Rica no era todavía una república, por la tanto la petición del partido de Nicoya debía presentarse al congreso general de Guatemala. Cuando se reunió dicho congreso, los diputados costarricenses informaron la petición de Nicoya presentando todos los documentos y actas firmada por Cupertino Briceño, que era el alcalde de Nicoya y fue quien propuso la idea de la anexión.

Aclararon que, por su situación territorial, los pueblos de lo que hoy es Guanacaste tendrían mayores ventajas perteneciendo a Costa Rica. El 25 de julio de 1824 queda confirmado definitivamente el acuerdo; los integrantes de la villa de Nicoya, reunidos en Cabildo Abierto, declararon solemnemente que se consideraban desde ese momento integrados al estado de Costa Rica. El jefe de Estado de nuestro país es ese momento era don Juan Mora Fernández.

Desde el 25 de julio de 1824 quedó escrito en el escudo de la provincia “De la Patria por Nuestra Voluntad”, pues fueron los habitantes de la provincia quienes decidieron anexarse a Costa Rica.

El árbol de Guanacaste es representativo de la provincia, pues hay muchos en la zona, sin embargo, el nombre surgió a mediados del siglo XVIII, por un frondoso árbol que se encontraba donde salían los caminos que iban hacia Bagaces, Nicaragua y Rivas, ese lugar corresponde a donde está actualmente el parque de Liberia.

En el año 1831 se le concedió él titulo de Villa al pueblo de Guanacaste. En el año 1848 se le dio la categoría de provincia con cuatro cantones: Guanacaste, Nicoya, Santa Cruz, Bagaces y Cañas.

ANTECEDENTE LA ANEXIÓN

Cuando se declaró la independencia de Centroamérica en el año 1821, las autoridades nicaragüenses comenzaron a tener cierta influencia sobre los nicoyanos. Sin embargo, Nicaragua era un estado con muchos problemas internos y los habitantes se sentían más identificados con nuestro país.

El Partido de Nicoya era parte del actual Guanacaste y comprendía las tierras ubicadas entre el río La Flor y el lago de Nicaragua al Noroeste y Iglesia de Nicoyaal Sur de Costa Rica (Golfo de Nicoya, río Tempisque, río Salto y una línea que unía a éste con el inicio del Desaguadero o río San Juan) al este. Esa zona era muy independiente y por lo general respondía, en lo civil y administrativo, a la Capitanía General de Guatemala. Pero la región se identificaba mucho con nuestro país por su cercanía con Puntarenas, Esparza, Bagaces y Cañas. Además, en 1825 ese Partido se unió a Costa Rica, nación que buscaba tener la población suficiente para tener un representante ante las Cortes de Cádiz en España.

De esta forma, nuestro país pudo enviar al presbítero Florencio del Castillo como nuestro representante que tuvo una gran participación en defensa de los derechos de los indígenas.

 

LA ANEXIÓN

Cuando se declaró la independencia de Centroamérica, el Partido de Nicoya pidió la anexión a Costa Rica. Los documentos de dicha solicitud los firmó Cupertino Briceño, alcalde nicoyano en aquel entonces. Fue en enero de 1824 cuando se decidió la anexión mediante un cabildo abierto que reunió a los habitantes de la región. El jefe de Estado costarricense en ese momento era Juan Mora Fernández.

ACTA DE ANEXIÓN DE NICOYA A COSTA RICA

"En el Pueblo de Nicoya y Julio veinte y cinco de mil ochocientos veinte y cuatro años. Estando esta Corporación Juntos y congregados con el Jefe Político presidente y todos los Ciudadanos de su mando y con anuencia de los señores Ciudadanos Sargento y Cabos y demás soldados militares y Principales y demás común del pueblo: Se les leyó literalmente la convocatoria que se le remitió a esta Municipalidad por el Gobierno de Costa Rica en la que fraternalmente a [testado: nos] invicta a estos Pueblos para que espontáneamente deliberen a la Unión y agregación en esta virtud estando esta corporación de común acuerdo; con los habitantes hemos deliberado libremente a la Unión indicada consultando las ventajas que se nos proporcionan en el comercio por el Puerto de Punta de Arena, [testado: con] la pronta administración de Justicia y fomento de los ramos; la seguridad de quietud y régimen político que quedan abiertos bajo, la demarcación de aquel estado como lo indica la Naturaleza y lo reclama la conveniencia Pública, la [testado: ynted] identidad de intereses y demás relaciones que ligan este partido: bajo esta consideración y de las mejores que redundan a estos Pueblos por las ventajas con que se ha confederado el estado de Costa Rica a los demás de Centro de América según se manifiesta del Decreto que se nos ha acompañado en copia autorizada, y la participación inmediata y reciproca de los de los beneficios y adelantamientos que se palpan en el estado de Costa Rica: esta corporación de unánime consentimiento y en consorcio de sus conciudadanos contemplando en todo lo relacionado tuvo a bien invitar con la misma convocatoria a la Municipalidad de la Población de Santa Cruz de este mismo Partido, quienes siendo del mismo parecer, y habiendo al efecto convocado a la mayor parte de su vecindario contestaron el oficio que se acompaña a esta acta.

Por todo, y reparando las actuales indigencias en que se hayan los Pueblos de este Partido contemplándolos desde esta fecha, (a excepción del Guanacaste) como parte integrante del estado de Costa Rica se ha tenido en consideración que para remediar por un pronto la escasez del numerario para las ocurrencias necesarias y mientras se establecen fondos de que deberá determinarse por los tribunales correspondientes; se pongan en este Pueblo y el de Santa Cruz las tercenas de tabaco, previas las formalidades acostumbradas, y con sus productos, reservarlos para el auxilio en cualquier evento, o perturbación en el orden: deberán ser protegidos los mismos Pueblos de este Partido para la creación de las escuelas, como tan interesantes a la Educación e Ilustra de la Juventud, pues para todo, los tribunales del estado delinearan, establecerán y darán las medidas conducentes para [testado: Dirección] creación de los fondos con que debemos ser protegidos.

En este estado los Jefes Militares referidos hicieron presente a esta Municipalidad que para no ser perturbado en la libre agregación al estado de Costa Rica a que se ha constituido este Partido, se hayan absolutamente en una deplorable situación sin fondos y sin armas para sostenerse, [entrerrenglonando: sin] [testado: en] ser perjudicados pues cabalmente no aparecen más que veinte y seis fusiles inútiles por lo que en este caso será muy necesario que el estado determine y disponga de las fuerzas de auxilio que deberán resguardarnos como parte integrante del mismo, atendiendo a las conjuraciones y disensiones de la Provincia de Nicaragua de donde podremos acaso, ser sorprendidos. A consecuencia de estar por esta acta que hemos celebrado solemnemente y en presencia de todo el pueblo con sus Militares, legítimamente agregados al gobierno de Costa Rica se concluye esta operación, firmando todos los miembros de la corporación con los demás ciudadanos Paisanos y militares que sepan y por los que no a su ruego sacándose una certificación autentica para remitirla al estado de Costa Rica por conducto del Presidente Secretario todo lo que certificamos.

Fecha ut. supra.

Manuel Briceño- Toribio Viales, Regidor-Ubaldo Martínez, Regidor- Manuel García, Regidor.

HISTÓRICA UNIÓN

La anexión del Partido de Nicoya también quedó registrada en el Tratado Cañas-Jerez (1858). Este estableció que el territorio del Partido, era parte de Costa Rica. Desde el 25 de julio de 1825 quedó escrito en el escudo de esa provincia el lema "De la Patria por Nuestra Voluntad". Más tarde, nuestro país designó como emblema nacional al árbol de Guanacaste, representativo de la zona.

La villa de Guanacaste (Liberia) Cabecera del Partido

Don Pedro Muñoz, fue el primer Juez del Partido de Nicoya y por consiguiente el primer juez que tuvo Guanacaste. Según ese documento aceptó el cargo conforme a la ley de 14 de abril de 1831, pero aduce como condición que la sede de ese tribunal fuese la Villa de Guanacaste (Liberia), trasladando así de hecho la capital a dicha Villa.

El texto de la histórica carta dirigida al benemérito don Juan Mora Fernández es el siguiente:

Del Juez de Primera Instancia del Partido de Nicoya.

CIUDADANO JEFE POLÍTICO SUPERIOR

El Supremo Gobierno en uso de sus atribuciones me ha conferido la Judicatura de Primera Instancia de este Partido, y observancia de la ley de 14 de abril del corriente.

Cuando se me comunicó por usted este nombramiento el 25 de Octubre próximo pasado, contesté en 25 del mismo, llamándose a su admisión con tal que la residencia fuese en esta villa, porque en otro pueblo de los del Partido no era, y es normalmente imposible, atendida mi situación; se me libró el título, y en virtud de él me halló en posesión de la Judicatura desde el 1° presente.

La ley de abril citada, que establece este Juzgado, nada dice del lugar de su residencia, y sólo exige que sea vecino del partido; ninguna otra posterior la señala; pero como la de 25 de Agosto del corriente, que línea que llena el vacío de los Jueces de Primera Instancia puntualiza que las faltas del de este Partido sean suplidas por el Alcalde Primero de Santa Cruz, para que indirectamente se señale este pueblo para residencia del Juez principal, y esto sería como cabecera que es del Partido.

La existencia allí me es moralmente imposible por serme sumamente gravosa a mi salud e intereses conque debo sostenerme, y más cuando el empleo no presenta otros medios de subsistencia que los derechos de oficina, que en un Partido de la corta extensión de este, y con la baja de la cuarta parte que la ley ha determinado, no sufragan a sustentar el Juez fuera de su vecindario, y por lo mismo solicito que el Supremo Gobierno tome en consideración este asunto, y se resuelva de lo mejor y más conforme en orden a la residencia del Juez de Primera Instancia y cabeza de Partido.

No hay duda que Santa Cruz para ser cabecera de Partido tiene a su favor su localidad medida; aunque bastante excéntrica con respecto a Nicoya y esta villa que son los tres pueblos de que se compone El Partido; de esa villa a Santa Cruz hay la distancia de catorce leguas, y de Santa Cruz a Nicoya sólo median siete.

Uno de los tres debe ser la cabecera del Partido y si para esto se atiende al que presente mas facilidad y comodidad para la administración pública de los negocios tanto del interior del Estado como con respecto a los otros de la República, ninguno de los tres pueblos reúne las circunstancias y cualidades que éste del Guanacaste; él es una garganta de comunicación para todo el centro; los que vienen de los otros estados para éste; y los que de ésta van para aquellos, todos tocan precisamente en este pueblo; como está situado en medio del camino real, no así Santa Cruz y Nicoya, que el primero se aleja 14 leguas y el segundo 21 de este tránsito; esta situación facilita los auxilios y comunicaciones de este gobierno hacia los otros y mucho más si en él residen las principales autoridades del Partido.

El Guanacaste es un pueblo del Estado, que está en contacto con otros de la República; es frontera de Costa Rica y esta ubicación exige que exista en él la posible seguridad en lo político y militar lo que no será asequible si las principales autoridades del partido no residen en su territorio.

El Guanacaste es el tránsito y primero y único punto del Partido en donde tocan los correos que de este estado se dirigen a los otros; en el se abren las valijas y hay despacho de la correspondencia pública; por estos conductos vienen los decretos, órdenes y providencias del gobierno, que a la vez demandan una pronta y rápida ejecución, que no podrán tenerla si los pliegos que las contienen deben dirigirse primero a Santa Cruz o Nicoya, y de consiguiente hay retraso considerable en esta parte, que es la única esencial de la administración pública, no así existiendo en este pueblo las principales autoridades del Partido.

Si se considera que en Santa Cruz hay inopia de sujetos aptos, en quienes los litigantes y vecinos del Partido puedan conferir sus poderes para los asuntos que les ocurran, y que esta falta perjudica no poco a los intereses particulares y públicos, se conocería que aquel pueblo no es adecuado para la residencia del Juez de Primera Instancia.

Por esta reflexión y otras muchas que pudiera hacer en favor de la localidad de esta villa y buena calidad para lo que respecta a la residencia en ella del Juzgado de Primera Instancia y que se la constituya por cabecera del Partido, expreso que el Supremo Gobierno en cuyo conocimiento tendrá Usted la bondad de poner esta nota, tomará en consideración esta nota, tomará en consideración este asunto, tocará para su resolución los resortes convenientes y auxiliará con su protección esta solicitud si la conceptuase justa, arreglada, y benéfica a la administración pública, pues no la hago en otro concepto.

Dios, Unión, Libertad Villa del Guanacaste, Diciembre 7 de 1831.

Pero Liberia, la entonces Guanacaste, aunque algún tiempo después de pronunciado el Partido de Nicoya estuvo en espíritu con aquel movimiento y simpatizó con él, no había hecho manifestaciones precisas y claras que pusieran de manifiesto su expresa voluntad. Al respecto se manifestó don Pedro Muñoz, Diputado Constituyente de la Federación Centroamericana, por el Departamento de Nicaragua:

AL GOBIERNO SUPREMO.

Cuando se comunicó por el mes de abril del corriente al gobierno de este Estado de Nicaragua el decreto del 9 de diciembre último del congreso, en que agrega por ahora al de Costa Rica, y mientras se hace la demarcación del territorio de los Estados, al Partido de Nicoya que correspondía a éste, se hallaba cabalmente el que suscribe de diputado en la asamblea constituyente por este departamento de Nicaragua, a quien pertenecía el citado partido de Nicoya. Luego que el gobierno recibió este decreto intentó suspender su circulación y efectos y hacer el reclamo correspondiente al mismo congreso, para que dictase la derogación por las razones en que la apoyaba: lo puso como debía en conocimiento de la asamblea pasándole un ejemplar del citado decreto. El cuerpo legislativo desaprobó, aunque no en el todo, su resolución, y le previno que lo circulase y que sin perjuicio de su observancia, se reclamase, nombrando al mismo tiempo una comisión de dos individuos, de que fue uno el que habla, para que sobre el particular expusiese su sentido, pasándosele el ejemplar del decreto. La comisión evacuó su encargo, dio su dictamen en el asunto, aprobado por la asamblea se pasó al gobierno y éste con tal credencial, hizo el reclamo que se previno por el conducto legal del C. presidente de la república.

En este estado, con motivo de estar próxima la disolución de la asamblea por haber ya sancionado la constitución del Estado, con su licencia me vine a ésta a ver mi familia y reparar mis intereses, y a principios de junio pasé al Guanacaste con igual objeto. Llegué a esta población el 17, en que cabalmente había recibido su municipalidad el día antes correo del gobierno político subalterno de Nicoya, incluyéndole, de orden de ese gobierno el citado decreto para que se publicase y dictase su debido cumplimiento. La municipalidad fluctuaba sobre la resolución que debía tomar, y entendida de estar yo en el lugar trató de explorar mi sentir en el particular; y como en el mismo asunto tenía dado mi voto que debía circularse y observarse el citado decreto, no vacilé un momento en decirles que de ninguna manera podían hacer oposición y que debían obedecer el decreto y dar obediencia al Estado de Costa Rica, mientras el mismo congreso otra cosa no resolviese a virtud del reclamo que el gobierno de este estado tenía hecho al decreto. En efecto, contestaron de conformidad y quedaron obedeciendo al gobierno de ese Estado, sin la más leve oposición.

En tantos de agosto les llegó la orden para que se jurase la constitución del Estado; en obediencia de ella se citó al vecindario para que tuviese efecto el 15 del mismo. Reunidos este día hice una exposición, a mi parecer justa, suplicando se suspendiese aquel acto hasta la resolución del congreso en el reclamo que se le tenía hecho y más estando entendido en su admisión. Sin faltar por ahora a la observancia de dicho decreto, y sujetándome a la determinación de ese supremo gobierno, a quien pedí se consultase y diese cuenta por los conductos legales. Fue apoyada por el vecindario esta exposición y también por la municipalidad.

Se suspendió en efecto el acto y se dio cuenta, pero siempre con la firme resolución de hacer y ejecutar lo que se determinase por ese gobierno superior.

Esta ha sido, C jefe supremo, mi conducta en el asunto presente, y ni podía ser otra puesto que como diputado en la asamblea constituyente sufragué a favor de la observancia del indicado decreto y mientras otra cosa no disponía el congreso en vista del reclamo que de él acordó hacer y efectivamente se hizo; pero a pesar de ella, ciudadano jefe, estoy entendido que por las autoridades del pueblo de Nicoya se me crimina de seductor de los pueblos de Guanacaste y Santa Cruz para resistir la obediencia de ese Estado. No sé con qué valor viertan semejantes especies que no serán capaces en ningún tiempo de acreditarme. No tienen el más leve fundamento para insultarme tan altamente, porque no lo es ni puede ser el que sea yo uno de los opuestos, por los términos legales, a la agregación del Partido a ese Estado, como lo ha visto ese supremo gobierno y también aquellas autoridades en el dictamen que di en el asunto de la asamblea constituyente.

En tanto grado se me insulta en el pueblos de Nicoya, que ha proferido un tal sargento que me dicen hace de comandante tener yo más delitos que Zamora, el que fue arcabuceado en esa capital; y aunque yo conozco y estoy satisfecho y lo estará todo hombre sensato que tenga inmediatos conocimientos de mi conducta política y religiosa, que ni ahora ni en tiempo alguno he dado el más momentáneo asilo a los horrendos y atroces delitos de sedición, revolución, anarquía, etc. que se me quieren suponer por aquellas autoridades de Nicoya, según aquí llegan día a día las noticias y se infiere de la expresión vertida y probable del indicado sargento que si no me engaño apellidan Sámara; pero como jefe, el simple pueblo que oye semejantes especies, proferidas por una autoridad, ¿qué juicio podrá y deberá formar de mi conducta y procedimientos? Desde luego me calificará y reputará un hombre el más criminal y acreedor a su odio y aborrecimiento, de que se me siguen incalculables perjuicios.

El honor y buena reputación han sido en todos tiempos y serán las joyas mas preciosas que adornan y caracterizan al ciudadano. Estas dos prendas inestimables se resienten al más pequeño impulso que en su destrucción maquinen sus semejantes, una y otra vez en mi alta injustamente vulneradas y arbitrariamente holladas por las autoridades de Nicoya, quienes (puedo asegurar a ese supremo gobierno) no tienen otro fundamento para ridiculizar mi conducta, como lo haré ver si el caso llega, que la justificación conque he procedido en varios asuntos que se han presentado en aquel pueblo en tiempos anteriores y no han tenido para ellos felices resultados.

En fin, C. jefe supremo, por lo que llevo expuesto conocerá y se penetrará del modo y términos con que se trata de ultrajar y mancillar mi reputación, que todos tiempos he tratado de conservar ilesa, y con especialidad en medio de las borrascosas turbulencias políticas de este Estado; y justamente sería demarcado con la nota de insensible si no buscase algún medio a estos males, lo que me hace y estrecha a ocurrir a ese supremo gobierno en solicitud de una prudente y activa providencia, que poniendo término a ellos se desengañen aquellos pueblos de la impostura y falsedad con que se me calumnia, ofreciendo a ese gobierno, si lo tuviese por conveniente, presentarle documentos calificativos y fehacientes de mis arreglados manejos políticos, especialmente en la actual y crítica circunstancia, y de la ninguna mezcla ni intervención que he tenido en los trastornos y convulsiones ocurridos hasta aquí, por cuyas cualidades se me distinguió con la diputación de este departamento en la asamblea constituyente y enseguida con el nombramiento de consejero de Estado, que renuncié por no permitirme su admisión las circunstancias en que me hallaba.

Espero, pues, que escuchando ese gobierno con seriedad esta mis justas quejas, adopte el remedio oportuno capaz de sofocar en su origen estos males, y evadirlos de mil disgustos que indispensablemente se seguirán.

D., U. L. Pedro Muñoz, Villa de Rivas de Nicaragua, Nov. 5 de 1826.

Esta carta sin lugar a dudas, siendo el pedimento de don Pedro lo que procedía, tuvo que generar posteriores medidas como el decreto mediante el cual se le declara Villa al caserío de Guanacaste. Don Pedro es el padre de don Juan Rafael Muñoz Mayorga, otro influyente personaje que posteriormente tuvo a cargo la Alcaldía Segunda de La Villa.

Algunos emigrados costarricenses, capitaneados por don Manuel Quijano, invadieron el Guanacaste en 1836 con fuerzas de Nicaragua, cuyo gobierno pretendía despojar a Costa Rica de aquel territorio.

Los guanacastecos los rechazaron con energía y al aproximarse las tropas enviadas por Carrillo, los invasores pasaron la frontera. En recompensa de su conducta leal y patriótica el pueblo de Guanacaste (Liberia) recibió el título de ciudad.

En las próximas páginas, encontraremos la narración de los sucesos.

Invasión de Quijano

Informes de don Juan Rafael Muñoz al Ministro General

Del Alcalde 2° constitucional y jefe político accidental del departamento del Guanacaste

C. Mtro G. del S.G. del Estado

A las cuatro de la tarde de este día, cuando cincuenta fusileros de esta villa y mayor número de caballería de los de Bagaces y Cañas hacían el ejercicio en la plaza, aquellos con su fusil y estos con lanzas, montados, se aproximó el perverso Quijano y Marcos Vega con fuerza que traían de Nicaragua. Inmediatamente el Comandante de operaciones Ciudadano Francisco Laguardia salió a batirlos con la Caballería; mas a los primeros tiros ha acobardado la gente que componía el cuerpo y les fue preciso a sus jefes huir en desorden para Bagaces y Cañas, lugares de su residencia, pasando por esta plaza en donde la infantería aún permanecía organizada. Pero a pesar del valor, al verse sin las primeras autoridades, porque estas se escapaban creyendo todo perdido, todo se convirtió en desorden y confusión y fue difícil contener la fuga. El ayudante de plaza Cno. Pablo Villar y yo nos fue preciso tomar el mando de los pocos soldados que obedecieron, todos de esta villa los infantes y algunos pocos de Bagaces y Cañas. Llegó el enemigo una cuadra distante de la plaza, de donde con el mayor de nuevo fue repelido a vivo fuego, mostrando nuestros soldados el más ardiente deseo de la victoria. Felizmente no ha parecido ninguno de los nuestros, pues a pesar de que hubo prisioneros estos han vuelto por la vía de ardides. A mi vista murió el caballo de Quijano y se ignora si este irá herido; otros varios trastes también dejaron y tengo presos a dos de ellos, hijos de Alajuela el uno y de Cartago el otro. Inmediatamente después de pasado el ataque se replegó la gente a la plaza, en donde a fuerza de mil trabajos y a espada el Ayudante referido y yo pusimos orden cuando ya la noche venía. Se destruyó la poca fuerza en varios cuarteles de a seis hombres: se hizo reconocer por oficial de órdenes al Cid. Francisco Muñoz, quien se ha portado con la mayor actividad en pro de la justa causa: se dio a reconocer por oficial al Ciud. Ramón Machado y al Ciud. Juan García quienes también manifestaron su energía y cooperaron a la defensa: se ha dado orden para que todos los cuarteles hagan algunas descargas cuando se aproxime el enemigo y se replieguen a la casa del Sr. Pedro Muñoz, en donde se ha formado trincheras de tercios de algodón y adobes; y en este estado sin tener más parque que un paquete de los 10 cartuchos cada soldado, nos hallamos con el enemigo situado a muy pocas cuadras de esta plaza, y a pesar de los pocos elementos de guerra que nos asisten tengo determinado mañana al amanecer ponerme en persecución de los perversos, pues tengo datos seguros por los prisioneros que han hecho el tránsito de esta villa que se les ha fugado y replegándose a esta plaza, que no excede su fuerza de 25 hombres.

Por todo lo relacionado verá V. en el peligro que nos hallamos y es de toda necesidad que el Supremo Gobierno mande una fuerza a la mayor posible brevedad, capaz de salvar a este Departamento y dar a su autoridad la respetabilidad que es debida, y en ínterin este vecindario se halla en muy buena disposición.

Son las doce de la noche y aún no sabemos qué suerte tocará; ella está dudosa por la falta de pertrechos pero confío en la decisión de mis cuatro soldados, que tienen gana de vencer y no temen morir.

Yo los animo sin cesar, los exhorto al sostén del orden y trabajo por cuantos medios me son posibles, encontrando siempre muy buena disposición, mas la fuerza es muy limitada y es por esto que no aseguro de hecho el triunfo, y más cuando la gente que venía por agua aún no ha llegado.

Sírvase V. poner inmediatamente en conocimiento del Supremo Gobierno todo lo expuesto, para que tome las medidas del caso.

Dios, Unión Libertad. Guanacaste Junio 29 de 1836. Juan R. Muñoz

Del Alcalde 2° Jefe Político

por minist. de la ley

Del Departamento del Guanacaste

C. Ministro Gral. De Gobierno.

Por el parte que di a ese Supremo Gobierno el 29 de ppdo. a las 12 de la noche, se habrá impuesto de los acaecimientos hostiles intentados por el perverso Quijano, Marcos Vega y una comitiva de bandidos que de sorpresa acometieron a esta plaza a las cuatro de la tarde y a que a pesar de haberse fugado a poco de haber roto el fuego casi toda la Caballería, que se componía de gente Bagaces y Cañas, con el auxilio solamente de la Infantería de esta Villa se logró rechazar al enemigo, que se puso en fuga precipitada hasta la Hacienda la Cueva, distante de esta Villa cuatro leguas, en donde pasaron aquella noche y salieron de allí al amanecer causando algunos daños y dejando Quijano en poder del mandador una orden para el C. Carlos Machado, en la que le ofrece garantizar su persona y bienes exhibiéndoles 500 ps. , la que se halla en poder de dicho Machado; y se dirigieron para las otras Haciendas en las que han saqueado muchos caballos, especialmente en las de Santa Rosa del C. Agustín Gutiérrez y en Orosi del C. Antonio Elizondo, de las que se sabe han cogido mas de 40, pasando de 80 con los que ha tomado en las demás y causando en todas muchos daños; capturando a más de sus sirvientes y todo caminante que han encontrado, engrosando de este modo cada día más su horda con el objeto de tomar esta plaza que desde el 29 citado ha sido amenazada, de modo que la vigilancia ha sido continua de día y noche, manifestando en esta tropa y Pueblo un celo y adhesión a la justa causa, digno de la mayor consideración:

he fortificado la plaza cuanto ha sido posible con trincheras, poniéndose noche a noche en la campaña fogones capaces con su luz de determinarse al enemigo en su entrada, por asegurárseme la intenta hacer de noche, según la traía premeditada el 29, que por la casualidad de habérsele escapado en el río los Ahogados (en donde estaban acantonados) de esta Villa para Santa Rosa; y previniendo que este vendría a dar parte, violentó su marcha en la misma hora, sin detenerse hasta romper el fuego en la entrada de la Villa, que por aquella parte está una cuadra distante de la plaza, en la que cabalmente se hallaba la Caballería e Infantería haciendo ejercicios: el perverso caudillo tendría ya en el día una fuerza de consideración, si no se le hubiera desertado la mayor parte de los que ha capturado en las Haciendas y caminos, y se han replegado muchos de ellos a esta plaza, en cuenta dos vigías que tenía en la costa, trayéndose una de estas el fusil y pertrecho que le dio Quijano, y muchos de los demás esto último solamente. Su fuga del 29 se comprende que fue muy precipitada, porque en menos de una hora se pusieron en la Cueva, ya al otro día se encontraron en el camino muchos zapatos y cartuchos de pólvora.

El 4 de este, estando en la Hacienda de Orosi saqueándola de caballos, albardas, etc. dirigió a la Municipalidad de esta Villa un pliego que contenía la nota y pronunciando que acompaño originales, como asimismo copia de la contestación que tuve a bien darle con el objeto de entretenerlo y ganar así tiempo para la llegada que con ansia esperamos de ese Supremo Gobierno: el 5 llego a mis manos este pliego y contesté el mismo día, y el 6 a las dos de la tarde, recibí parte del Alcalde Pedáneo del Barrio de Cañas-Dulces, distante 4 leguas, de haber llegado allí con toda su pandilla y con las miras de hostilizarnos ese mismo día: a poco rato recibí nuevo parte de la Hacienda la Cueva, adonde tocaron acaso con el objeto de ponerse de allí en marcha para esta a una hora proporcionada a llegar de noche, con cuyo motivo fue redoblada la vigilancia, logrando sí tener ya mayor fuerza en la plaza de armas y gentes, por el auxilio que el 5 recibí de Nicoya y el mismo 6 de Santa Cruz, componiéndose uno y otro de 40 hombres, 18 fusiles y alguna pólvora y plomo; y aunque el auxilio de gente era en mayor número, no hubo considerable deserción en el camino, que no me ha sido tan sensible, por la falta de armas; que si las hubiese tenido puedo asegurar que con solo la fuerza de esta Villa no existiría ya el caudillo ni su perversa pandilla: en efecto, el predicho 6 por la noche se pusieron en marcha de la Cueva para esta, y aunque por las vigías se dio parte de su venida, no la verificaron esa noche y si con gran rodeo a bastante distancia de esta Villa caminaron en toda ella con caballos rabiatados, amaneciéndoles el día 7 en el camino real para Bagaces, cerca de río del Salto; y continuando su marcha llegaron a dicho Bagaces, en donde hicieron no pocos daños a la Tercena de tabaco, Taquilla de aguardiente y casa del s. Agustín Aguallo: y después que el caudillo se hizo dar vivas regresó el mismo día para esta, que intentó atacar a las ocho de la noche, según los parte dados por los vigías, que acaso por lo muy obscura que estaba suspendió su intento, que puso en ejecución a las cinco de la mañana del día 8, entrando por la calle real que viene de Bagaces, con vivas que le gritaba su pandilla, sin ser secundados por ninguno de esta; Osadamente se pusieron una cuadra distante de la plaza y rompieron el fuego al Cuartel principal que se halla en la casa del C. Pedro Muñoz, y a cuatro puntos más continuándolo por más de una hora: Nuestra Tropa, que se halla dividida en ocho cuarteles fortificados, con la mayor entereza, entusiasmo, orden y valentía les sostuvo el fuego hasta ponerlos en la posición de hacer retirada o fuga precipitada, sin haber resultado de nuestra parte muerto ni herido alguno y sí por la de ellos 4 heridos, siendo uno el negro Jesús, esclavo que fue del C. Lorenzo Carazo, que era el de todo su desempeño y confianza y el que con el título de Capitán le acompañaba en la acción, y se logró que este quedase enteramente inutilizado, por habérsele hecho pedazos una pierna y puestéelo en incapacidad de sostenerse, lo que le obligó mandar hacer retirada, en cuyo alcance se puso mucha gente de nuestra Tropa al mando del oficial de Nicoya C. Eleuterio Escobar, quien, aunque con la mayor decisión trató de perseguirlo a bastante distancia de la Villa, no lo pudo lograr, por no haber atinado el rumbo que tomó, y se replegó a esta plaza como a las cuatro horas, cuando ya se había recibido de Quijano un correo con el papelucho en lápiz que adjunto, igualmente en tinta, que hice trasladar, por considerar que aquel imperceptible: según me informó su conductor fue hecho a caballo en un campo llamado llano de la Cruz, distante una legua de esta Villa, el que no permití se contestase por no entrar en relaciones con un caudillo que se dirige contra el Gobierno y sí se tomaron al momento las precauciones del caso: la mayor parte del día se mantuvo a dos leguas de esta plaza ambulante, como lo acostumbra, y por la noche se dirigió a la Hacienda San Jerónimo del C. José Aranda, distante tres leguas, conduciendo al Capitán herido en hamaca; con el motivo se pusieron vigías en los puntos convenientes y se redobló el celo y vigilancia en toda la noche, en que no hubo novedad: a las nueve de la mañana de hoy se supo fijamente durmieron en dicho San Jerónimo, sin causar daño alguno, y salieron a la madrugada sin saberse para dónde, que se presume, por la dirección que tomaron, sería el Tempisque; mas a las dos de la tarde se me ha dado parte que llegaron a la Hacienda del Guácimo, como a las ocho de la mañana, en la que se cree harán muchos daños: Si el correo pasase hasta mañana comunicaré por adición las ocurrencias de esta noche, que con mucho mérito al papelucho las esperamos de incendio, y en este concepto estoy tomando las medidas más oportunas para evitarlo y ver si se concluye esta noche el enemigo, pues me llena de gusto el buen sentido en que se halla esta tropa, toda en favor del Gobierno, decidida enteramente a su defensa.

Todo lo que servirá V. poner en conocimiento del Supmo. Jefe para su satisfacción y resoluciones del caso, ofreciendo a V. mis consideraciones y respetos.

D. U. L. Villa de Guanacaste, Julio 9 de 1836 Ad. No ha habido novedad en la noche.

Juan R. Muñoz. Vale.

A principios de 1854 el Gobierno de Nicaragua, buscó un arreglo directo con el de Costa Rica sobre la cuestión limítrofe, enviando a don Dionisio Chamorro como Ministro Plenipotenciario, quien trajo a las autoridades costarricenses una propuesta, que de haber sido aceptada hubiera significado el reconocimiento de la soberanía costarricense sobre la mayor parte del Guanacaste, Nicaragua daría el uso y dominio de las aguas del Sarapiquí, el tránsito libre en el río San Juan y el puerto de San Juan del Norte. Costa Rica, por su parte entregaría a Nicaragua la suma de doscientos mil pesos en efectivo y se haría cargo de la deuda federal nicaragüense. Como sus proposiciones no tuvieron eco, Chamorro ofreció llegar a un arreglo por quinientos mil pesos. Sin embargo, Costa Rica rechazó por completo las iniciativas y el 22 de febrero Chamorro dio por terminadas las conversaciones, mediante una violenta nota en la que expresaba que Nicaragua probablemente procedería a la reincorporación de hecho del Partido de Nicoya y hacía responsable a Costa Rica del conflicto bélico que sobrevendría. Los plenipotenciarios de Costa Rica, contestaron a Chamorro el 24, manifestándole que aunque su nota constituía hasta cierto punto una declaración de guerra, habían convenido en no ver en ella el pensamiento del Gobierno de Nicaragua, sino creer que el Enviado nicaragüense se había apartado de sus instrucciones.

La descomedida nota de Chamorro tuvo un efecto perjudicial para Nicaragua, ya que la opinión costarricense se exaltó y todos los pueblos del antiguo Partido de Nicoya ratificaron en marzo y abril de 1854 su voluntad de continuar siendo parte de Costa Rica e incluso en honor al Presidente Juan Rafael Mora en acta del 25 de abril de 1854, la provincia de Guanacaste se dirigió al Congreso de la República pidiendo que "sustituyera el nombre que tenía por el de Moracia y el de la cabecera de ella con el de Liberia, para borrar hasta el más lejano recuerdo de su existencia pasada.

Estatua de Juanito Mora, Frente Correo, San José.

DE PUEBLO A PROVINCIA

Guanacaste recibió el título de villa en 1831 y ya para 1848 contaba con la categoría de provincia. En ese año sus cantones eran solamente Guanacaste, Nicoya, Santa Cruz, Bagaces y Cañas. Actualmente la sexta provincia de Costa Rica cuenta con 11 cantones: Liberia, Nicoya, Santa Cruz, Bagaces, Carrillo, Cañas, Abangares, Tilarán, Nandayure, La Cruz y Hojancha. En esta zona se practica con amplitud la ganadería y se cultiva especialmente arroz, algodón, sorgo y frijoles. Sus playas constituyen uno de los principales atractivos turísticos de Costa Rica.

APROBACION DE LAS LEYES

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE COSTA RICA

N° 2034

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA,

DECRETA:

Artículo .- Declárase el 25 de julio de cada año fiesta nacional, como justo reconocimiento de Costa Rica a los pueblos del antiguo Partido de Nicoya, en la fecha de su incorporación al Estado costarricense.

          En esa importante efeméride el Poder Ejecutivo y la Asamblea Legislativa podrán sesionar en cualquier cantón de la provincia de Guanacaste.

          La celebración tendrá su sede oficial en la ciudad de Nicoya, “Cuna de la Anexión”.

Así reformado por la Ley No. 7937 del 15 de noviembre de 1999.

Artículo 2°.-  Las municipalidades del país podrán destinar fondos a fin de celebrar este día nacional; para esto necesitarán la aprobación de la Contraloría General de la República.  Se autoriza al Ministerio de Cultura Juventud y Deportes, así como a las demás instituciones públicas y privadas, nacionales o extranjeras, para destinar recursos o efectuar donaciones a la Municipalidad de Nicoya, con el objeto de celebrar y divulgar la fiesta nacional referida en el artículo anterior.

Así reformado por la Ley No. 7937 del 15 de noviembre de 1999.

ARTÍCULO 3°.-  El Poder Ejecutivo dispondrá la edición de un libro contentivo de la historia de la Anexión del Partido de Nicoya al Estado de Costa Rica, el cual se pondrá a disposición de todas las escuelas y colegios del país.

ARTÍCULO 4°.- Esta ley entra en vigencia desde el día de su publicación y deroga la N° 137 del 26 de julio de 1938.

Comuníquese al Poder Ejecutivo

          Dado en el Salón de Sesiones de la Asamblea Legislativa.- Palacio Nacional.- San José,  a los nueve días del mes de julio de mil novecientos cincuenta y seis.

Otto Cortés F.

Presidente

               Luis Bonilla Castro                                        Luis Ramírez V. 

               Primer Secretario                                   Segundo Secretario

 

Casa Presidencial.-  San José, a los dieciocho días del mes de julio de mil novecientos cincuenta y seis.

Ejecútese

JOSÉ FIGUERES 

 

                                                                                    El Ministro de Gobernación

                                                                                      Fernando Volio Sancho

Publicada y rige el 20 de julio de 1956

MODIFICACION DE LA LEY

7937

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA

Decreta:

REFORMA DE LOS ARTICULOS 1º Y 2º DE LA LEY Nº 2034

Artículo único. —Reformarse los artículos 1º y 2º de la ley Nº 2034, del 18 de julio de 1956. Los textos dirán:

''Artículo 1º—Declárase el 25 de julio de cada año fiesta nacional, como justo reconocimiento de Costa Rica a los pueblos del antiguo Partido de Nicoya, en la fecha de su incorporación al Estado costarricense.

En esa importante efeméride el Poder Ejecutivo y la Asamblea Legislativa podrán sesionar en cualquier cantón de la provincia de Guanacaste.

La celebración tendrá su sede oficial en la ciudad de Nicoya, "Cuna de la Anexión".

Artículo 2º—Las municipalidades del país podrán destinar fondos a fin de celebrar este día nacional; para esto necesitarán la aprobación de la Contraloría General de la República. Se autoriza al Ministerio de Cultura Juventud y Deportes, así como a las demás instituciones públicas y privadas, nacionales o extranjeras, para destinar recursos o efectuar donaciones a la Municipalidad de Nicoya, con el objeto de celebrar y divulgar la fiesta nacional referida en el artículo anterior."

Rige a partir de su publicación.

Comisión Legislativa Plena Segunda. —Aprobado el anterior proyecto a los veintidós días del mes de setiembre de mil novecientos noventa y nueve. —Gerardo Medina Madriz, Presidente. —Oscar Campos Chavarría, Secretario.

Comunicase al Poder Ejecutivo

Asamblea Legislativa. —San José, a los veintiocho días del mes de octubre de mil novecientos noventa y nueve. —Carlos Vargas Pagán, Presidente. —Manuel Antonio Bolaños Salas, Primer Secretario. —Rafael Ángel Villalta Loaiza, Segundo Secretario.

Dado en la Presidencia de la República. —San José, a los quince días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y nueve.

Ejecútese y publíquese

MIGUEL ANGEL RODRIGUEZ ECHEVERRIA. —

El Ministro de Cultura, Juventud y Deportes, Enrique Granados Moreno. —1 vez. — (Solicitud Nº 24655). —C-3800. — (78943).

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